Segregación de fincas: ¿qué es y cómo hacerla?

Segregación de fincas

Podemos definir la segregación de fincas como el  acto por el cual una finca matriz se divide en varias porciones de fincas sin que la  finca original desaparezca, concepto muy distinto al de división de fincas. Para arrojar más información sobre este tema, a continuación explicaremos en qué consiste la segregación de fincas.

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¿En qué consiste la segregación de fincas?

La segregación de fincas es un acto por el cual se extraen distintas partes de una finca llamada finca matriz, dando lugar a una serie de fincas nuevas de menor tamaño, y dentro de los límites de aquella.

Es decir, en la segregación de fincas, la construcción o terreno que existía originalmente sigue haciéndolo, pero con un tamaño más pequeño.

Por ello, no será necesario eliminarla del registro correspondiente, ya que lo único que se hace en este caso es segregar otras fincas de la matriz, pero sin hacer que esta desaparezca.

¿En qué se diferencia la segregación de la separación de la división de fincas?

Precisamente, la segregación de fincas se diferencia de la división de fincas en lo que acabamos de comentar: en que la segregación de fincas no supone la desaparición de la finca original, a la que se extrae una serie de fincas que dan lugar a nuevas realidades jurídicas.

En cambio, en la división de fincas lo que se hace es separar la finca original en una serie de fincas nuevas, haciendo que la finca antigua desaparezca.

¿Cuáles son los requisitos para segregar fincas?

A la hora de segregar una finca hay que cumplir con los siguientes requisitos:

  • La finca original debe estar debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad.
  • Tanto la finca original como las nuevas que se segregan deberán cumplir la normativa urbanística y los mínimos requisitos relacionados con acceso rodado, suministros, etc.
  • Si se trata de fincas urbanas, su superficie mínima debe ser de 600 m2 para ser edificables.
  • En caso de que en la finca original hubiera ya una vivienda, ésta tendrá que continuar cumpliendo la normativa aplicable a la misma.
  • Todas las fincas segregadas tienen que tener acceso a la vía pública.

¿Cómo se realiza la segregación de fincas?

Para segregar fincas es necesario que un técnico realice el correspondiente proyecto de segregación, para lo cual debe inspeccionar la finca a separar y hacer una serie de mediciones. Una vez que obtiene sus resultados, se elabora un  informe técnico y los correspondientes planos que justifican ante la Administración la necesidad de segregar la finca.

Todos estos documentos se entregan en las oficinas del ayuntamiento de la localidad en la que radique la finca que se quiere segregar, quien emitirá la correspondiente licencia de segregación si todo está en orden.

Finalmente, un notario debe redactar la escritura de segregación, señalando el punto cardinal de la finca original desde la cual se hace la segregación. Dicha escritura contendrá la descripción de la finca segregada y su estado después de la segregación realizada.

¿Qué documentos hay que presentar para solicitar la segregación de fincas?

Los documentos necesarios para solicitar la segregación de fincas son los siguientes:

  • Documento de identidad del propietario de la finca original.
  • Aquellos documentos que acrediten la propiedad sobre la finca original y su referencia catastral.
  • Escritura de propiedad o nota simple del Registro de la Propiedad.
  • El recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
  • Acto expreso de autorización administrativa.
  • Informes técnicos y planos creados por el arquitecto.

¿Cuánto cuestan los trámites para la segregación de fincas?

No se puede hablar de un precio exacto, ya que depende de varios factores, como el precio del informe técnico elaborado por el arquitecto. Sin embargo, de forma aproximada, podemos decir que la segregación de fincas puede costar entre 500 y 2.000 euros en total, según el caso.

Erika Sánchez Arrillaga
Erika Sánchez Arrillaga

Socia fundadora de TresK Abogadas. Abogada especialista en derecho inmobiliario con una amplia trayectoria profesional y más de 10 años de experiencia.

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Abogada miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (col. Nº 89.394).

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