¿Se puede hacer un cerramiento de terraza sin permiso de la comunidad?

Cerramiento de terraza sin permiso de la comunidad

No todo el mundo desea darle uso a una terraza abierta, y en casos como estos, a menudo resulta más práctico cerrarla. Sin embargo, es importante hacerlo de forma legal, para evitar problemas con el resto de los vecinos y con el ayuntamiento.

Por ello, a continuación explicaremos si se necesita permiso de la comunidad para cerrar una terraza.

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¿Se necesita el permiso de la comunidad para hacer un cerramiento de terraza?

Sí, es necesario contar con el permiso de la comunidad de propietarios para cerrar una terraza.

El artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) da vía libre a los propietarios de pisos o locales para modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de los mismos mientras no menoscaben o alteren la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario.

En estos casos, dicho precepto establece la obligación de dar cuenta de esas obras previamente a quien represente a la comunidad.

Por otra parte, en el artículo 10.3.b) de la LPH queda establecido que se necesita autorización administrativa, cuando así se haya solicitado, previa aprobación por la mayoría de propietarios que en cada caso proceda de acuerdo con esta Ley, para el cerramiento de terrazas, entre otras reformas.

¿Es necesario tener licencia municipal para un cerramiento de terraza?

Sí, se necesita una licencia del ayuntamiento para cerrar una terraza. Como hemos comentado en el apartado anterior, para el artículo 10.3.b) de la LPH exige una autorización administrativa para este tipo de obras.

Proceso para solicitar permiso para cerrar una terraza

Para conseguir el permiso para cerrar una terraza se debe conseguir en primer lugar un proyecto técnico, donde se especifiquen los materiales que se van a emplear y el diseño que tendrá la terraza una vez cerrada. Este documento es indispensable para obtener la autorización municipal.

Otro paso necesario es contactar con el administrador o el presidente, y convocar una junta extraordinaria en la que se someta a votación el cerramiento de la terraza, obteniendo los votos necesarios.

Finalmente, habrá que conseguir la licencia municipal, previo pago de las tasas que correspondan.

Cómo reclamar si un vecino cierra su terraza sin permiso o en contra de la voluntad de la comunidad

En caso de que algún vecino cierre su terraza sin el permiso necesario por parte de la comunidad, habrá dos vías para reclamar:

  • Judicialmente, demandando por la vía civil. Para ello habrá que convocar una junta de propietarios, someter a votación la posibilidad de demandar al vecino que ha realizado el cerramiento de terraza y, si se aprueba esta decisión, se podrá presentar la demanda.
  • De forma administrativa, denunciando al vecino ante el ayuntamiento por infracción urbanística. El cerramiento de la terraza supone un aumento de la superficie construida del edificio, lo que altera la licencia de edificación. Además, hay casos en los que representa un exceso de volumetría.

¿Hasta cuándo se podría reclamar?

Los vecinos tienen un plazo de 5 años para reclamar el cerramiento de la terraza, el cual comienza a contar desde el momento en que la obra está hecha. Así pues, es importante que no pase este tiempo, ya que después no se podrá iniciar ninguna acción legal.

¿Se puede legalizar un cerramiento de terraza ya realizado?

Existe la posibilidad de legalizar el cerramiento de terrazas después de haberse llevado a cabo, si bien el procedimiento dependerá del tiempo que haga que se realizó la obra:

  • Si han transcurrido menos de 10 años, se necesita un proyecto de legalización de un técnico y una licencia de obras. En el momento en que se obtenga el permiso y se hayan pagado las tasas, se podrá ir a notaría y al Registro de la Propiedad para registrar la superficie nueva.
  • En caso de que hayan pasado más de 10 años, se necesitará un proyecto de legalización y realizar el registro, pero no hará falta obtener una licencia de obras.
Erika Sánchez Arrillaga
Erika Sánchez Arrillaga

Socia fundadora de TresK Abogadas. Abogada especialista en derecho inmobiliario con una amplia trayectoria profesional y más de 10 años de experiencia.

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Abogada miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (col. Nº 89.394).

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