Reclamación por incumplimientos de la memoria de calidades

Reclamación por incumplimientos de la memoria de calidades

Cuando se compra una vivienda que aún no está construida, no es posible comprobar los materiales de los que va a estar hecha. Por ello es necesario contar con una memoria de calidades que se pronuncie sobre este aspecto. A continuación vamos a explicar cómo reclamar en caso de incumplimiento de lo contenido en este documento.

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¿Qué es una memoria de calidades?

Una memoria de calidades es un documento que contiene los detalles de un inmueble que se adquiere sobre plano, debiendo reflejar los materiales que se van a utilizar en la construcción (no solo de la vivienda que se adquiere, sino de todo el edificio, incluyendo las zonas comunes).

Este documento debe ser completamente preciso, estableciendo los materiales y equipamientos que se utilizarán en el inmueble. No puede referirse solo a la calidad de los mismos, sino también a su marca, modelo y características a nivel técnico.

Habitualmente, la promotora utiliza el término “o similar” cuando se refiere a ciertos materiales, ya que puede encontrarse ciertas dificultades técnicas para utilizar un material determinado.

Pero en ningún caso esto puede afectar a la calidad de los mismos, que tiene que ser la misma o superior, sin que ello represente que el comprador tenga que pagar un precio mayor por ello. En caso contrario, estaríamos ante un incumplimiento de la memoria de calidades.

¿Es vinculante la memoria de calidades?

, la memoria de calidades es un documento vinculante que, de hecho, tiene que formar parte del contrato de compraventa y normalmente se entrega con el mismo. Ambas partes deben firmar la memoria de calidades, quedando así obligadas por su contenido.

¿Cómo se puede reclamar por incumplimiento de la memoria de calidades?

En caso de incumplimiento de la memoria de calidades, por no coincidir dichas calidades con las acordadas, el comprador puede reclamar. En primer lugar es conveniente hacerlo de forma extrajudicial, para intentar buscar una solución evitando un juicio.

La reclamación extrajudicial debe hacerse por medios fehacientes, para que quede constancia de la misma. Lo normal es hacer llegar un burofax a la promotora con la reclamación, intentando así llegar a un acuerdo con la misma.

Si las negociaciones con la promotora no llegan a buen fin, o esta no se presta a negociar o no responde, la reclamación puede continuar por la vía judicial. Normalmente se resuelve con una indemnización económica, u obligando a la promotora a sustituir las calidades utilizadas.

Carmen Fernández-Cabrera Saussol
Carmen Fernández-Cabrera Saussol, abogada especialista en derecho inmobiliario en Madrid

Socia fundadora de TresK Abogadas. Abogada especialista en derecho inmobiliario con una amplia trayectoria profesional y más de 20 años de experiencia.

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Abogada miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (col. Nº 70.456).

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