¿Qué gastos e impuestos hay que asumir al comprar una vivienda?

¿Qué gastos e impuestos hay que asumir al comprar una vivienda?

Comprar una vivienda es siempre una operación económica de gran envergadura, pero no solo por el precio del inmueble en sí, sino por los costes e impuestos que conlleva. En este artículo explicamos todo lo que se debe pagar a la hora de adquirir una propiedad inmobiliaria.

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¿Qué gastos supone la compra de una vivienda?

Los gastos a los que tiene que hacer frente la persona que compra una vivienda son los siguientes:

Gastos de notaría

La compraventa de un bien inmueble puede formalizarse en escritura pública en notaría. Este es un gasto regulado por ley, que se ha de tener en cuenta tanto en la adquisición de viviendas nuevas como de segunda mano, y que se encuentra entre el 0,2% y el 0,5% del valor de la propiedad aproximadamente. Sobre dichos aranceles el notario podrá hacer un descuento del 10%.

Los gastos de notaría irán en función del número de páginas que formen la escritura, la cantidad de copias que se hagan de la misma y del importe total de la operación.

Hay que tener en cuenta, no obstante, que aunque en la práctica el comprador suele correr con todos estos gastos, el artículo 1455 del Código Civil establece que los gastos de otorgamiento de las escrituras son a cuenta del vendedor, y los de la primera copia y los demás posteriores a la venta serán de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario.

Gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad

Inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad no es obligatorio, pero sí es muy aconsejable hacerlo para no tener problemas a la hora de acreditar la propiedad sobre la vivienda, y para protegerse frente a cargas que recaigan sobre el inmueble, acreedores del vendedor, etc.

El coste de inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad está entre el 0,1% y el 0,25% del precio de la misma.

Hay que tener presente que, si la vivienda se va a comprar con una hipoteca, sí será necesario que el inmueble se encuentre registrado para poder acceder al préstamo.

Gastos de hipoteca

En caso de comprar la vivienda mediante un préstamo hipotecario, habrá que hacer frente a los gastos adicionales que supone este crédito:

  • Tasación del inmueble, cuyo coste suele oscilar entre los 300-600 euros, de forma aproximada, dependiendo del tipo de inmueble, su valoración y la entidad que realice la tasación.
  • Copia de la escritura de la hipoteca, que dependerá de la notaría.
  • Comisión de apertura de la hipoteca, que suele representar entre el 0,5% y el 1,5% del capital de la hipoteca, pudiendo alcanzar incluso el 2%, no obstante, algunas entidades financieras no aplican esta comisión.

Desde la entrada en vigor de la nueva Ley Hipotecaria en junio de 2019, el resto de gastos como son la notaría, la gestoría, el registro y el IAJD, serán asumidos por la entidad bancaria.

Honorarios de la inmobiliaria

Sus honorarios son libres, pero a modo orientativo podemos decir que la comisión que cobran las inmobiliarias a la parte compradora suele ser de alrededor del 3% del precio del inmueble, siendo habitual establecer un fijo si el importe de la vivienda se encuentra por debajo de los 100.000 euros

Debemos recordar que no es obligatorio contar con una inmobiliaria para comprar una vivienda, pero lo cierto es que su trabajo facilita enormemente esta labor.

Honorarios de la gestoría

Si bien tampoco es necesario contratar a una gestoría para comprar un inmueble, es recomendable hacerlo. Sus honorarios pueden ser de en torno a 400 euros, si bien en algunos casos, las inmobiliarias incluyen los gastos de gestoría dentro de sus propios honorarios.

¿Cuáles son los impuestos que hay que pagar para comprar una vivienda?

Ahora vamos a ver cuáles son los impuestos a los que tiene que hacer frente el comprador de una vivienda. Estos dependerán de si el inmueble es nuevo o de segunda mano:

1. Vivienda nueva

Cuando se compra una casa o piso nuevo, hay que pagar los siguientes impuestos:

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Al comprar una vivienda nueva hay que pagar un 10% de IVA. Si se trata de una vivienda de protección oficial (VPO), se paga un 4% por este impuesto.

Este es el tributo de aplicación en España de forma general, pero en el caso particular de Canarias se paga el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), cuyo tipo impositivo es del 6,5% del valor de la vivienda.

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)

El IAJD es fijado por las comunidades autónomas, por lo que la cantidad a pagar por este impuesto depende de dónde se encuentre la vivienda que se va a adquirir. No obstante, en todas ellas el tipo impositivo es como máximo del 1,5% del valor de la vivienda.

2. Vivienda de segunda mano

En caso de adquirir una vivienda de segunda mano, el comprador hará frente a los siguientes impuestos:

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Al igual que sucede con el IAJD, también el ITP es establecido por cada comunidad autónoma. De forma general, el tipo impositivo se encuentra entre el 4% y el 10% del valor del inmueble.

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)

También en caso de comprar una casa o piso de segunda mano habrá que liquidar el IAJD que hayan fijado las comunidades autónomas, con los mismos tipos impositivos que si se trata de una vivienda nueva.

Carmen Fernández-Cabrera Saussol
Carmen Fernández-Cabrera Saussol, abogada especialista en derecho inmobiliario en Madrid

Socia fundadora de TresK Abogadas. Abogada especialista en derecho inmobiliario con una amplia trayectoria profesional y más de 20 años de experiencia.

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Abogada miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (col. Nº 70.456).

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