Inhabilidad de plazas de garaje: qué es y cómo reclamar

Inhabilidad de plazas de garaje

Cuando adquirimos una plaza de garaje aisladamente, o cuando ésta es aneja a una vivienda, o bien el tamaño de ésta, o su ubicación, o incluso el acceso a la misma hace que sea imposible utilizarla, tenemos derecho a reclamar. En este post explicamos cómo se reclama en caso de inhabilidad de una plaza de garaje.

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¿Qué es la inhabilidad de plazas de garaje?

La Ley de Ordenación de la Edificación establece en su artículo 3 una serie de requisitos básicos de la edificación. Varios de dichos requisitos guardan relación con la funcionalidad de la misma.

Entre ellos se encuentra lo relativo a la utilización de las edificaciones, disponiendo entre otros aspectos que la disposición de los espacios, sus dimensiones y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio.

Pues bien, la inhabilidad de las plazas de garaje se refiere a los casos en los que un garaje no cumple con ese requisito de que sus características permitan darle el fin con el que se ha realizado la construcción.

Por ejemplo, puede tratarse de una plaza de garaje delimitada de tal forma que sea muy difícil aparcar un coche de tamaño medio sin que ello comporte un riesgo de dañar el vehículo.

También se podría apreciar inhabilidad en una plaza de garaje en la que se pueda aparcar el coche con una cierta facilidad, pero luego sea muy difícil abrir las puertas lo suficiente como para que sus ocupantes puedan salir.

¿En qué casos se considera que una plaza de garaje es inhábil?

Al margen de lo establecido en la Ley de Ordenación de la Edificación, la jurisprudencia también se ha pronunciado sobre la adecuación de las plazas de garaje al fin con el que estas se construyen y son compradas.

En concreto la jurisprudencia habla de:

  • Las dimensiones necesarias para albergar coches de tamaño mediano.
  • Los elementos superficiales accesorios que permitan hacer las maniobras adecuadas y suficientes.

Por lo cual, se considera que hay un incumplimiento contractual si el espacio no se ajusta en dimensiones, accesos y conveniente uso a lo previsto, todo ello pese a que se hubiesen obtenido las autorizaciones administrativas correspondientes

En este sentido se pronuncia, por ejemplo, el Tribunal Supremo en diversas sentencias, como la del 16 de Marzo de 1995 o la de 9 de julio de 2007, recordando la jurisprudencia sentada a través de sentencias anteriores.

¿Cómo se reclama la inhabilidad de plazas de garaje?

En función de lo establecido en el artículo 1124 del Código Civil, el perjudicado podrá elegir entre:

  • Exigir que se cumpla el contrato, por lo que el comprador podría solicitar al vendedor que subsanara los defectos de la plaza de garaje que la hagan inutilizable, si ello es posible.
  • Que se resuelva la obligación, de forma que el comprador tendría que devolver al comprador el dinero que le costó la plaza de garaje, lo que se conoce como aliud pro alio.

Tanto en un caso como en el otro, el afectado puede exigir que se le indemnice por los daños y perjuicios que esta circunstancia le haya causado.

La reclamación se puede hacer inicialmente por la vía amistosa, haciendo una reclamación extrajudicial. 

Si lo anterior no surte efecto, se puede demandar ante el Juzgado de Primera Instancia que corresponda.

¿Cómo se puede demostrar que una plaza de garaje es inhábil?

Para acreditar la inhabilidad de una plaza de garaje en sede judicial es fundamental contar con una prueba pericial realizada por un experto y realizar una prueba de reconocimiento judicial, a través de la cual el juez puede examinar directamente el lugar.

Erika Sánchez Arrillaga
Erika Sánchez Arrillaga

Socia fundadora de TresK Abogadas. Abogada especialista en derecho inmobiliario con una amplia trayectoria profesional y más de 10 años de experiencia.

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Abogada miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (col. Nº 89.394).

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