Actualmente, aún siguen vigentes algunos contratos de alquiler que se celebraron al amparo de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 y antes del 9 de mayo de 1985, y a los que resulta de aplicación un régimen distinto al actual.
Estos contratos son conocidos por perdurar en el tiempo manteniendo casi inalterables las condiciones acordadas cuando se celebraron, entre ellas la renta. Sin embargo, la propia ley prevé que el importe de la renta se pueda ir actualizando cada año.
