La nuda propiedad es un tipo de propiedad que se produce cuando una persona es dueña de un bien pero con ciertas limitaciones en cuanto a su uso y disfrute.
En este artículo vamos a explicar toda la información sobre la nuda propiedad de una vivienda, sus implicaciones y las diferencias con el pleno dominio y el usufructo.
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Contacte con nosotras¿Qué es la nuda propiedad?
La nuda propiedad es el derecho que tiene una persona sobre un bien del que es propietaria, pero del cual no tiene el uso y disfrute, por corresponderle a otra persona su usufructo.
Por ejemplo, se produce la nuda propiedad cuando una persona hereda una vivienda de uno de sus progenitores, pero el cónyuge viudo tiene el derecho de usufructo sobre el mismo hasta el momento de su fallecimiento.
También cuando una persona mayor vende la propiedad de su casa para conseguir dinero pero se reserva el usufructo con carácter vitalicio.
¿Qué diferencia hay entre usufructo y nuda propiedad? ¿Y entre pleno dominio y nuda propiedad?
Para comprender bien el concepto de nuda propiedad, es importante diferenciarlo tanto del pleno dominio como del usufructo.
El pleno dominio se produce cuando una persona tiene la propiedad de un bien, y también su uso y disfrute. Por lo tanto, se tiene el pleno dominio cuando se consolida en una misma persona la nuda propiedad y el usufructo:
- Nuda propiedad: una persona tiene la propiedad de la cosa, pero no su uso y disfrute. El titular de la nuda propiedad es el nudo propietario.
- Usufructo: el titular del mismo (conocido como usufructuario) tiene el uso y disfrute de un bien, pero no su propiedad.
Por lo tanto, la nuda propiedad y el usufructo son dos derechos reales que presentan las siguientes diferencias:
- El nudo propietario no puede disfrutar del bien ni usarlo, ya que ese derecho corresponde al usufructuario.
- El usufructuario puede arrendar el bien y disfrutar de la renta obtenida, mientras que el nudo propietario no puede hacerlo.
- El nudo propietario puede enajenar el bien, aunque el nuevo propietario tendría que respetar el derecho de usufructo que recae sobre el mismo. En cambio, el usufructuario no puede vender la cosa usufructuada, pero sí puede vender su derecho de usufructo.
¿Qué derechos y obligaciones tiene el nudo propietario?
Al nudo propietario le corresponden los siguientes derechos:
- Propiedad del bien, por lo que puede venderlo, siempre que no altere su forma ni sustancia ni haga nada en él que perjudique al usufructuario (artículo 489 del Código Civil).
- Hacer obras y mejoras sobre el bien del que es nudo propietario, si con ello no reduce el valor del usufructo ni perjudica el derecho del usufructuario (artículo 503 del Código Civil).
- Hipotecar la nuda propiedad, en función de lo establecido en el apartado segundo del artículo 107 de la Ley Hipotecaria.
- Derecho a que se le entregue el bien usufructuado una vez finalizado el usufructo (artículo 522 del Código Civil).
En cuanto a las obligaciones, el nudo propietario tendrá que:
- Realizar las reparaciones extraordinarias del bien (artículo 501 del Código Civil).
- Pagar las contribuciones especiales (artículo 505 del Código Civil).
- Pagar las derramas por gastos extraordinarios.
- Pagar la hipoteca del bien usufructuado, y responder ante el usufructuario si se embarga o vende judicialmente la finca para el pago de la deuda (artículo 509 del Código Civil).
¿En qué momento adquiere el nudo propietario el uso y disfrute del bien?
El nudo propietario se convertirá en propietario de pleno dominio en cualquiera de los siguientes casos:
Compra del usufructo
Existe la posibilidad de que el nudo propietario compre el derecho de usufructo al usufructuario, calculando el valor del mismo en función del valor del bien y de la edad del usufructuario.
Fallecimiento del usufructuario
Una vez que fallece el usufructuario, su derecho pasa al nudo propietario.
Renuncia del usufructuario
También tendría el nudo propietario el uso y disfrute del bien si el usufructuario renunciara a su derecho.
Cumplimiento de condición
En ocasiones, el usufructuario disfruta de su derecho bajo el cumplimiento de una condición. Por ejemplo, puede tener el uso y disfrute de una vivienda hasta que se case. En ese caso, perdería su derecho.
Cumplimiento de plazo
El usufructo puede ser vitalicio o temporal. Si es temporal, finaliza una vez que lo hace el plazo de tiempo señalado. Y si el usufructuario fallece antes de ese momento, su derecho pasará al nudo propietario salvo que exista pacto en contrario.