Cuando fallece un inquilino de renta antigua, surgen dudas que afectan tanto al propietario, que desea saber si puede recuperar su vivienda, como a los convivientes con el inquilino, que no saben si podrán continuar en la vivienda arrendada en las mismas condiciones que venía disfrutando el inquilino original.
Como respuesta, la ley permite que, al fallecimiento del inquilino de renta antigua, otros familiares convivientes con el inquilino puedan ocupar su lugar en el contrato de arrendamiento mediante la subrogación.