Las acciones interdictales, antes previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil para iniciar procesos específicos y sumarios de carácter cautelar, han desaparecido de nuestro ordenamiento jurídico, y hoy día se sustancian por los trámites del juicio verbal.
El interdicto de obra ruinosa tenía como finalidad actuar de forma inmediata ante el riesgo de caída de una edificación, un árbol o cualquier otro elemento análogo.
Vamos a ver cómo se articula actualmente esta pretensión.