El Código Civil no especifica los distintos tipos de arras que pueden pactar las partes en un contrato de compraventa, sino que se limita a contemplar la posibilidad de que medien arras o señal como paso previo a la celebración del contrato.
Por tanto, existe cierta confusión a la hora de saber qué tipo de arras están pactando las partes y cuáles son las consecuencias de elegir unas u otras.