La legislación española permite que el arrendador o propietario de un inmueble pueda reclamar las rentas impagadas y desahuciar al inquilino, todo en un mismo procedimiento. Además, la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) da la posibilidad de acumular en una misma demanda la solicitud de declarar la existencia de ambos derechos y la pretensión de ejecutar la sentencia, cuando ésta le dé la razón al propietario.
Sin embargo, en algunas circunstancias puede ocurrir que se consiga el desahucio y posterior desalojo del inmueble, pero quede pendiente el pago de las rentas debidas. En ese caso, ¿qué se puede hacer? La respuesta dependerá de los pasos que se hayan completado en el procedimiento.
A continuación vamos a analizar los supuestos en los que es posible que esto suceda, y las soluciones a las que puede recurrir el propietario del inmueble.
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